El Registro Nacional de Contravenciones al Consumo de Bebidas Alcohólicas tiene el objetivo de que las unidades policiales cuenten con una base de datos detallada, sistematizada, computarizada y de rápido acceso de quienes violaron la norma, explicó Cecilia Urquieta, asesora legal de esa cartera de Estado. El decreto reglamentario de la ley antialcohol fue aprobado el 10 de septiembre, y establece ocho tipos de infracciones (ver info) que darán pie a ser incluido en el registro nacional.
“El registro es para que la Policía sepa quiénes cometen las infracciones, para ver quiénes son reincidentes. Ya está en vigencia el reglamento, y los policías deberían estar implementando este registro, que es necesario para hacer un seguimiento del pago de multas y para que se cumplan las sanciones”, agregó la asesora legal del Ministerio de Gobierno, quien indicó que no tenía datos sobre el número de consumidores que ya figuran en este padrón. Sanciones.
“Antes no había multas específicas para la gente que consumía en compañía de menores, igualmente no había para aquellos que tomaban en vía pública, eran más registros de (la Unidad Operativa) Tránsito”, apuntó. La Ley de Control al Expendio y Consumo dispone que las personas que vulneren las prohibiciones al consumo serán sancionadas con una multa de 250 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) o trabajos comunitarios en la forma y plazos señalados por los gobiernos locales, en coordinación con la Policía (Art. 30).
Quienes se embriaguen en compañía de menores de 18 años pagarán una multa de 500 UFV, igual que quienes transiten ebrios con menores. En caso de reincidencia, la rehabilitación es obligatoria. (Art. 33). La primera vez que una persona sea sorprendida manejando en estado de ebriedad, su permiso de conducir será suspendido por un año y se le aplicará medidas correctivas y socioeducativas (Art. 34); en caso de reincidencia, la inhabilitación es definitiva. Si el infractor es funcionario público y es hallado en horarios de oficina o conduciendo un vehículo oficial, será destituido de inmediato.
Sistema. El registro nacional de infractores no tendrá carácter público, aunque los fiscales o policías que investiguen un delito podrán solicitar un reporte. “En la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana (promulgada el 31 de julio) existen otro tipo de registros, donde estarán anotados los antecedentes penales, judiciales, para el tema de delitos”, dijo Urquieta. El software fue entregado a las unidades policiales que trabajan y realizan controles relacionados al consumo de alcohol, como la Patrulla de Auxilio Ciudadana (PAC), Radiopatrullas, Policía Caminera, etc. Si es necesario, se capacitará al personal policial sobre cómo usar esta nueva aplicación, señaló la asesora. El artículo 5 del reglamento establece que cuando se identifique a un transgresor, las autoridades lo trasladarán al centro policial más cercano para registrarlo e imponerle la sanción, que consiste en el pago de una multa o el trabajo comunitario, a elección del infractor.
Otros datos sobre el reglamento, el Art. 9 del reglamento dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, abra una cuenta recaudadora de multas en el Banco Unión. Los recursos recaudados serán destinados exclusivamente a la formulación y ejecución de políticas de control y prevención del consumo y a la atención y rehabilitación de los adictos. La Policía solicitará el apoyo de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia en caso de que encuentre a menores consumiendo bebidas alcohólicas en compañía de adultos.