Viceministra Ríos. Insistió en que la falta de notificaciones constituye un vicio "insubsanable" que impide la prosecución del juicio
Viceministra de Transparencia, Susana Ríos, explicó que no se ha notificado a partes del proceso: asambleístas departamentales, asambleístas nacionales, Procuraduría y el Viceministerio.
Gobernador Luis Fernando Camacho no será trasladado a Santa Cruz para su juicio por el caso decretazo. El Gobierno argumentó que el juzgado encargado del caso ha incurrido en vicios procesales, que deben ser corregidos antes de seguir con el juzgamiento.
"No se puede iniciar un juicio cuando hay vicios procedimentales", afirmó Ríos, atribuyó al juzgado la responsabilidad por estos vicios, por lo cual se ha hecho el reclamo respectivo. Dijo que no se puede proceder al juicio, sin haberse primero saneado la causa.“Hay vicios procesales, cuando a dos partes no se la ha garantizado su participación, es un vicio grave”, remarcó.
Con está figura, el traslado de Camacho a Santa Cruz queda congelado. La audiencia debía realizarse este lunes."Antes de hablar de cualquier traslado, se debe hablar del saneamiento procesal", enfatizó la viceministra Ríos. Insistió en que la falta de notificaciones constituye un vicio "insubsanable" que impide la prosecución del juicio.
Juez había ordenado el traslado de Camacho de Chonchocoro a Palmasola en Santa Cruz para su juicio presencial, decisión que fue cuestionada por el Gobierno debido a los riesgos de seguridad que implicaría el operativo.
Viceministra Ríos Considera que “antes que hablar de cualquier traslado, se debe de hablar del saneamiento procesal, que implica que antes de dar inicio a cualquier proceso, este se debe revisar de manera exhaustiva para corregir todas aquellas situaciones pendientes que, en este caso, no se han corregido”.
Insistió en que “se tiene que sanear el proceso” antes de comenzar cualquier juicio, algo que “todos los jueces lo hacen”, algo que debe darse antes de convocar a una audiencia “porque es lo correcto y así se garantiza la igualdad de participación de las partes y que cada una de ellas tenga la posibilidad de probar y alegar y estar debidamente representado en el proceso”.