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Por constituirse propaganda electoral Tribunal Supremo Electoral suspende difusión de Spot del Gobierno

En el spot suspendido aparece la presidenta y candidata de la alianza Juntos Jeanine Añez exigiendo a la Asamblea Legislativa que libere el dinero para pagar el bono salud

publicado en 21 / Aug / 20

(TSE) Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral dispuso suspender de inmediato la difusión del spot del Ministerio de la Presidencia denominado “Liberen el dinero”, tras considerar que constituye propaganda electoral prohibida por la Ley y la Reglamentación específica.

El spot suspendido, aparece la presidenta y candidata de la alianza Juntos, Jeanine Añez, exigiendo a la Asamblea Legislativa que libere el dinero para pagar el bono salud. “El contenido del mensaje principal no se limita a difundir una gestión gubernamental, por cuando las referencias explícitas al pago de nuevos bonos expone el pensamiento de la presidenta del Estado y candidata…, poniendo en situación de desventaja al resto de las candidaturas y organizaciones políticas que participan en el proceso electoral; asimismo, alude a otras organizaciones políticas que contienden en las Elecciones Generales 2020”, dice la resolución.

TSE considera propaganda electoral prohibida la difusión contratada por entidades o servidores públicos destinada a la promoción de candidaturas, exposición de una oferta programática y/o solicitud del voto.

El TSE suspende spot de Jeanine Áñez - www.infodiez.com

La Sala Plena del TSE recalca también que “la propaganda gubernamental autorizada hasta 30 días antes de la jornada de votación se debe limitar a difundir una gestión gubernamental, sin que con ese propósito se exponga, expresa o implícitamente, la imagen, el pensamiento o acción de una candidatura, y/o se proyecte una gestión de gobierno más allá de los límites temporales de su mandato”.

Las decisiones que disponen la suspensión de la propaganda que incumpla los presupuestos establecidos en la ley y los reglamentos son de cumplimiento obligatorio, inapelables e irrevisables. Instruyó poner en conocimiento de los medios de comunicación la Resolución, a objetivo de que suspendan la difusión del spot en un plazo máximo de dos horas a partir de su conocimiento.

 


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