Entre tanto sigue vigente la directiva del MAS elegida en 2017, es decir la encabezada por Evo Morales como presidente
Observaciones fueron señaladas en el informe técnico del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), sobre la supervisión realizada al congreso.
Resolución 195/2024 del Tribunal Supremo Electoral (TSE) indica que el congreso “arcista” del MAS, realizado en El Alto, presentó “observaciones insubsanables” que inviabilizaron su aprobación.
La primera observación fue que la Comisión de Poderes del congreso fue posesionada por la Secretaría de Fiscalización del MAS, cuando por Estatuto esa atribución es del Presidente o Vicepresidente del partido, cargos actualmente ejercidos por Evo Morales y Gerardo García, respectivamente.
En el congreso “arcista”, se apeló a dirigentes del MAS disidentes a la línea de Evo Morales para intentar dar validez a los actos, pero el informe del SIFDE señala situaciones que debieron ser ejercidas por los más altos dirigentes partidarios.
En esa línea el documento señala que también el Presidium del congreso debió ser posesionado por el presidente del MAS y no por la Secretaría de Fiscalización.
Asimismo, se ha observado el incumplimiento de requisitos de los postulantes a la Dirección Nacional del MAS que se presentaron en el congreso de El Alto, en diferentes aspectos como haber sido militante por al menos 10 años o tener los aportes al día.
En el caso de los integrantes del Tribunal de Honor, se verificó que se han incumplido con acreditar intachable trayectoria en la militancia. En ese marco, el informe consideró inviable la aprobación y registro de las postulaciones posesionadas al interior del congreso de El Alto.
“En consecuencia, siendo evidente el incumplimiento al Estatuto del MAS-IPSP y existiendo observaciones insubsanables detalladas en el informe técnico del SIFDE, corresponde al Tribunal Supremo Electoral emitir la determinación que corresponda en el ámbito de sus competencias”, dice la resolución del TSE.
En dicho congreso se eligió una nueva directiva del MAS a la cabeza de Grover García, sin embargo esa elección está descartada con esta resolución del TSE. A pesar de ellos, los “arcistas” aún pueden presentar.
Entre tanto sigue vigente la directiva del MAS elegida en 2017, es decir la encabezada por Evo Morales como presidente, el vicepresidente del Órgano Electoral, recordó que la ley prevé que cualquier resolución del TSE pueda ser recurrida en un recurso extraordinario en un plazo de cinco días tras la notificación del fallo.
“El Órgano Electoral es la única instancia que tiene el mandato constitucional de cumplir la función electoral; de regular conforme a lo que establece la ley, de fiscalizar y supervisar el funcionamiento de las organizaciones políticas. Hay que respetar las decisiones de este órgano colegiado; que se basa en los informes de la comisión que evalúo el evento en El Alto”, remarcó.
La tarde de este jueves, la Sala Plena del TSE decidió, por unanimidad, no registrar las resoluciones del congreso del Movimiento Al Socialismo (MAS) arcista; celebrado a principios de mayo en El Alto.
Tres técnicos del Sifde llegaron hasta el congreso del arcismo y se reunieron con los tres dirigentes, Lucio Quispe Sangalli, Estaban Alavi Canaviri y Guillermina Kuno Huanca, a quienes les explicaron la metodología del trabajo y la organización que tendrían, fue en esa reunión que les advirtieron que no había garantías de aprobación.
De los nueve postulantes a la dirección nacional del MAS, solo cuatro presentaron requisitos, otros no cumplieron con haber sido dirigentes departamentales al menos una gestión; no eran militantes inscritos ante el TSE y tampoco tenían sus aportes al día.
En el informe se hace notar que hay un certificado de no violencia que debe ser verificado ante instancias judiciales. “En el caso del Tribunal de Honor (Disciplina y Ética) se verificó el incumplimiento del artículo 79 numeral 3 por no acreditar ‘intachable trayectoria en la militancia del MAS-IPSP’”, señala el último punto del informe técnico.
Asimismo, en la parte considerativa del informe, el TSE recuerda que les notificaron en dos oportunidades rechazando la supervisión que solicitaron, el primero fue el 20 de marzo, en el que incluso hacen conocer el “archivo” del trámite; sin embargo, los dirigentes arcistas insistieron y nuevamente el 30 de abril les rechazaron; entonces los tres dirigentes del pacto de unidad acudieron a la justicia para obligar a supervisar lo que no habían logrado en dos oportunidades.
“En consecuencia, siendo evidente el incumplimiento al Estatuto del MAS-IPSP y existiendo observaciones insubsanables detalladas en el informe técnico del SIFDE, corresponde al Tribunal Supremo Electoral emitir la determinación que corresponda en el ámbito de sus competencias”, señala la conclusión previa al rechazo de la validez del congreso de arcistas.