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Empleadores que no cumplieron con el pago del retroactivo al haber básico serán pasibles a multas por infracción a leyes sociales

trabajadores pueden presentar sus denuncias en las jefaturas departamentales y regionales, a través de la página web (www.mintrabajo.gob.bo) o llamar la línea telefónica 2408606

publicado en 03 / Jun / 23

De acuerdo con el Decreto Supremo 4928 y la Resolución Ministerial 752, hasta el 31 de mayo vencía el plazo para que las empresas y establecimientos laborales cumplan con el pago del retroactivo o en su caso con el incremento salarial.

Los empleadores que no cumplieron con el pago del retroactivo al haber básico serán pasibles a multas por infracción a leyes sociales, informó el director General de Trabajo, Yecid Mollinedo.

Gobierno del Estado Plurinacional y la Central Obrera Boliviana (COB) establecieron un incremento salarial del 3% para el haber básico y del 5% al salario mínimo nacional.

Trabajadores pueden presentar sus denuncias en las jefaturas departamentales y regionales, a través de la página web (www.mintrabajo.gob.bo) o llamar la línea telefónica 2408606

Si el empleador no pagó el retroactivo al haber básico, es decir, ese aumento del 3%, las sanciones establecerán multas previo proceso por infracción a leyes sociales, explicó el director de Trabajo.

En cuanto al incumplimiento del incremento al mínimo nacional, el jefe departamental o regional emitirá una disposición que imponga la nivelación al aumento del 5%. Es decir, si el Salario Mínimo en 2022 era de Bs 2.250 y el de esta gestión es de Bs 2.362, el empleador deberá nivelar el salario de su trabajador al incremento actual.

Además, deberá pagar la diferencia entre ambos salarios, que en este caso es Bs 112. Esta disposición se halla en el artículo 47 del Reglamento de la Ley General del Trabajo.

A partir de este 1 de junio, el Ministerio de Trabajo, y todas sus jefaturas departamentales y regionales tienen las puertas abiertas para recibir denuncias de trabajadoras o trabajadores en caso de que una empresa o establecimiento laboral no haya cumplido con el pago retroactivo del incremento salarial.

“Una vez que la o el trabajador presente su denuncia, nosotros vamos a solicitar la información respectiva en el establecimiento laboral correspondiente o en su caso realizar una verificación a través de nuestros inspectores, quienes elevarán un informe para luego, iniciar el proceso respectivo por infracción a leyes sociales”, explicó la autoridad laboral.

Mollinedo informó que las oficinas del Ministerio de Trabajo en La Paz, Cochabamba y Santa Cruz atienden al público de lunes a viernes de 07h30 a 19h30. En jefaturas de los otros departamentos, el horario es discontinuo desde las 08h30.


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