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Alto Beni protege su territorio y declara como "ecológico y libre de actividad y contaminación minera" pero Vicepresidente presentó un recurso para derogar esa normativa

El objetivo es precautelar el territorio de las comunidades y garantizar la producción agroecológica, además de la seguridad alimentaria, pero Choquehuanca se opone

publicado en 12 / Jun / 24

Mediante una ley municipal, el Gobierno Autónomo Municipal de Alto Beni, del departamento de La Paz, resolvió proteger su territorio y lo declaró como “ecológico y libre de actividad y contaminación minera”; sin embargo, el vicepresidente David Choquehuanca presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para derogar esa normativa.

“Lo que está haciendo la Vicepresidencia es decirle al Tribunal Constitucional Plurinacional que, en razón a que el nivel central del Estado, tiene una competencia privativa en materia de recursos naturales, como son los recursos mineros. Según ellos, la ley 197 del municipio de Alto Beni estaría invadiendo las competencias del nivel central y, por lo tanto, sus artículos 1, 2, 3 y 6 deberían ser derogados, informó a la ANF el abogado Rodrigo Herrera, que patrocina a los concejales.

El 17 de octubre de 2023, la Vicepresidencia del Estado interpuso un recurso ante el TCP de conflicto positivo de competencia contra la Ley Municipal Autonómica 097, del 20 de julio de 2021, en el que solicita que se declaren nulos los artículos 1, 2, 3 y 6 de dicha norma edil. Sin embargo, el 7 de junio recién se notificó al Concejo Municipal de ese municipio.

De acuerdo al memorial de la vicepresidencia, pidió la nulidad de los artículos mencionados de la ley municipal, porque afirmó que son competencias exclusivas del nivel central del Estado los recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos, biogenéticos y fuentes de agua.

La ley Autonómica Municipal de Declaratoria al Municipio Ecológico de Alto Beni como Municipio Libre de la Actividad y Contaminación Minera fue aprobada el 20 de julio de 2021, contiene seis artículos, dos disposiciones derogatorias y abrogatorias.

El primer artículo observado establece: declara “al Municipio Ecológico de Alto Beni como Municipio Libre de la Actividad y Contaminación Minera, en toda la jurisdicción territorial del municipio conforme las colindancias, ubicación geográfica, descripción de límites, coordenadas y comunidades».

El segundo enunciado dispone que esta normativa se aplicará en todo el territorio del municipio y obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras que se encuentren dentro de esa jurisdicción

El artículo tres dispone que a través de la Dirección de Desarrollo Productivo y Medio Ambiente del municipio se desarrollarán y ejecutarán estrategias y políticas de monitoreo, control y desarticulación de toda actividad minera, que atente y contamine el medio ambiente, ya sea sus suelos, aguas, fauna, flora y pesca, para garantizar la preservación, conservación y protección del medio ambiente.

Finalmente, el artículo seis que es cuestionado, prevé que se identificarán las áreas de producción y las áreas de reserva forestal en el marco del ordenamiento territorial para su registro, preservación, conservación como áreas protegidas.

Al respecto, el jurista señaló que existe una ley departamental que respalda esa norma municipal y también declara libre de actividad y contaminación minera al municipio de Palos Blancos.

En marzo de este año, la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz sancionó la ley departamental 239, en la que se declara a los municipios de Palos Blancos, Alto Beni y Caranavi como “Agroecológicos, Productivos, con Recursos Hídricos libres de Actividad y Contaminación Minera”.

“Declarar a los Municipios de Palos Blancos y Alto Beni de las Provincias Sud Yungas y Caranavi del departamento de La Paz, «Municipios Agroecológicos, Productivos, con Recursos Hídricos libres de Actividad y Contaminación Minera», con el objetivo de precautelar la producción agroecológica, seguridad y soberanía alimentaria promoviendo el consumo y la comercialización local, departamental, nacional e internacional”, señala el primer artículo de la norma.

Herrera indicó que el objetivo de estas normas es precautelar el territorio de las comunidades y garantizar la producción agroecológica, además de la seguridad alimentaria. Dijo que esa propuesta fue impulsada por los pobladores de esas regiones y las autoridades ediles.

 el abogado señaló que otro de los fundamentos que sustentó la vicepresidencia es que no se puede vulnerar el derecho preconstituido de algunas empresas para la explotación minera en esa región.

“Lo que nos llama la atención es que ellos sustentan en razón de la supuesta existencia de los derechos preconstituidos de algunas cooperativas mineras, incluso que algunas tienen más de 50 años de existencia. Ese es el fondo por el cual el vicepresidente está solicitando esta modulación al Tribunal Constitucional Plurinacional”, señaló.

El martes se llevó a cabo una reunión entre las autoridades ediles y una numerosa delegación de representantes de los pobladores con el secretario general de la vicepresidencia, Juan Carlos Alurralde, donde se confirmó el recurso que presentó David Choquehuanca. La comitiva de Alto Beni aseguró que continuará con la defensa de la norma edil y la protección de su territorio.


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