la autoridad judicial desestimó dejar sin efecto orden de aprehensión contra Argollo debido a que extralimitaba la Acción de Libertad en consideración
publicado en 29 / May / 26Recordemos que el recurso fue presentado por el abogado Yaco Conde, quien argumentó que se debería congelar las facultades de declaratoria de estado de excepción, porque considera que existe un peligro inminente de una “masacre” en el actual contexto de movilizaciones y represión.
Juez octavo de sentencia de La Paz, Franklin Siñani, determinó este jueves denegar una Acción de Libertad, cuyo propósito era congelar las facultades del presidente para declarar estado de excepción.
De acuerdo al accionante, el presidente no debería poder declarar estado de excepción dado que, con la abrogación de la Ley 1341, no existe un marco regulatorio. Asimismo, señaló que ya hubo un fallecido en la localidad de Vilaque, en el contexto de las movilizaciones.
El juez consideró que ambos hechos, la abrogación de la Ley 1341 y el caso de Vilaque que aún no fue esclarecido, no constituyen sustento como para afirmar que la vida de los movilizados se encuentra en peligro inminente con un estado de excepción.
La autoridad judicial aclaró que, si bien no existe no ley de estados de excepción, la Constitución igual protege las garantías y el derecho a la vida.
Durante la audiencia, la Vicepresidencia solicitó al juez que se deje sin efecto la orden de aprehensión del ejecutivo de la COB, Mario Argollo, sin embargo, la autoridad judicial desestimó el pedido debido a que extralimitaba la Acción de Libertad en consideración.
El accionante expresó su decepción con el criterio del juez, debido a que permite al presidente declarar el estado de excepción sin necesidad de una ley. “Estoy sorprendido por nuestras autoridades constitucionales judiciales que cada vez más demuestran una total subordinación a los poderes vigentes del momento”, lamentó Yaco Conde.