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Viceministro Silva advierte que el carnet de vacunación "no es chiste" pero el Artículo 5° de la Ley de Emergencia Sanitaria dice que no es obligatorio vacunarse sin conocimiento

Presidente del Colegio Médico sugirió que, si vacunarse no se obligatorio, el Gobierno debería garantizar la gratuidad de la prueba PCR, porque ese es el requisito que el Decreto exige para quienes no quieren recibir las dosis de vacuna

publicado en 27 / Dec / 21

Viceministro de Defensa del Consumidor Jorge Silva advirtió este domingo que el decreto supremo 4640 que establece el porte obligatorio del carnet de vacuna a partir del 1 de enero de 2022 “no es chiste” y que las personas que concurran a eventos sociales por fin de año y den positivo a una prueba de coronavirus, se arriesgan a ser sancionados con 10 años de cárcel por delito de atentado a la salud pública.

“Si yo no porto, no demuestro estos documentos (carnet de vacuna o PCR negativo) y si me hacen la prueba y tengo Covid, estoy atentando contra la salud de los otros usuarios, por lo tanto, pueden hacerme un proceso”, declaró al canal estatal.

La autoridad dijo que el Decreto Supremo 4640 “no es chiste, no es una cosa que salió y bueno el que quiere la cumple y el que no quiere no la cumple”, pueden ser identificados y sometidos a una acción penal con una sanción privativa de libertad de 10 año de cárcel.

Indicó que dicho decreto entra en vigencia al terminar el 31 de diciembre y comenzar el 1 de enero y se aplica no solo a las fiestas, sino a otro tipo de establecimientos tanto del sector público como del sector privado.

Explicó que está habilitada la línea gratuita del 800100202 para que puedan llamar desde cualquier parte del país y denunciar si alguien que ha programado una fiesta no respeta el aforo ni medidas de bioseguridad y no está controlando el ingreso con carnet y prueba PCR, para que sea suspendido hasta subsanar la irregularidad.

Recordó que el país está en pandemia y arriesgarse a salir cumplir las medidas de bioseguridad, es arriesgar la vida del entorno familiar por escoger la alegría del momento.

Silva ratificó que estarán movilizados junto con las alcaldías y la Policía Boliviana para intervenir los establecimientos económicos y velar que los usuarios y consumidores también sean protegidos si algún servicio contratado es de pésima calidad.

La autoridad informó que solo en diciembre atendieron 1.500 casos de los cuales el 90 por ciento fue solucionado en la vía conciliatoria y otros pueden están en proceso y pueden sufrir sanciones que van desde la suspensión temporal hasta una multa económica de 10 mil UFVs.

Según el Decreto Supremo, el carnet de vacunación anticovid será requisito para acceder a lugares de aglomeración y transporte interdepartamental, a partir del 1 de enero para personas mayores de 15 años de edad.

La medida regirá para “instituciones públicas, privadas, entidades financieras, religiosas, centros comerciales, mercados y supermercados, unidades educativas, universidades, institutos técnicos e instituciones educativas en general, lugares de entretenimiento y otras donde exista aglomeración”.

Aquí está el enlace de Ley de emergencia sanitaria del 17 de febrero de 2021  https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N1359.xhtml

Entre tanto Presidente del Colegio Médico sugirió que, si vacunarse no se obligatorio, el Gobierno debería garantizar la gratuidad de la prueba PCR, porque ese es el requisito que el Decreto exige para quienes no quieren recibir las dosis de vacuna.

“Es un Decreto que viola lo que es la Constitución y las leyes, porque hay una Ley de Emergencia Sanitaria donde dice que no es obligatorio vacunarse, por lo tanto que nos expliquen bien si están en contra de su propia ley y si están pisoteando la Constitución”, advirtió.

Larrea afirmó que el Decreto afecta a la gente más humilde. Como ejemplo, mencionó que personas del área rural que no recibieron la vacuna tendrán que presentar un certificado para ingresar a algunos de esos lugares.


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