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Mediante el SIN jubilados pueden acogerse al beneficio de la devolución del 5% de Re-IVA

Jubilados, rentistas y derechohabientes y trabajadores Dependientes e Independientes pueden inscribirse en el Re-IVA mediante la página web www.impuestos.gob.bo

publicado en 07 / Feb / 21

Mario Cazón Morales presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), se reunió con la Confederación Nacional de Jubilados del Sistema Integrado de Pensiones para explicarles que puede acogerse al Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA) y recibir cada mes el beneficio de la devolución del 5% del IVA.

Jubilados, rentistas y derechohabientes, al igual que los trabajadores Dependientes e Independientes, pueden inscribirse en cualquier momento en el Re-IVA mediante la página web www.impuestos.gob.bo, Oficina Virtual, opción “Registro de Beneficiarios Re-IVA” y registrar sus datos personales.

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SIN difunde información sobre el beneficio de registrarse en el Re-IVA por medios de comunicación masivos, redes sociales digitales y mediante las Gerencias Distritales, Agencias Tributarias y Agencias Distritales.

También pueden acudir a una plataforma de atención del SIN para que un servidor público les ayude en el registro en el Re-IVA. En la reunión, Cazón explicó a los jubilados que los beneficiarios del Re-IVA deben tener un ingreso mensual igual o menor a Bs9.000.

En el momento de inscripción, una persona puede optar por la modalidad de cómputo automático, es decir que el SIN identifica y cuantifica las facturas emitidas al nombre y número de Cédula de Identidad del beneficiario; o por el reintegro previo registro de facturas y envió a la Administración Tributaria, o sea que el beneficiario debe registrar y enviar cada mes al SIN el detalle de sus facturas mediante el Formulario 111, a través del aplicativo “Mis Facturas”.


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