
"En cumplimiento a la Ley Nº 274 de 10 de septiembre de 2012 y el Decreto Supremo Nº2750 de 1 de mayo de 2016, comunicación a la población en general que el día martes 1º de mayo de la presente gestión se constituye feriado nacional" aclaró Ministerio de Trabajo
publicado en 25 / Apr / 18Ministerio de Trabajo y Previsión Social aclaró que el martes 1 de mayo se mantendrá como jornada de feriado por el Día del Trabajador, por lo que se suspenden las actividades públicas y privadas en todo el país.
"En cumplimiento a la Ley Nº 274 de 10 de septiembre de 2012 y el Decreto Supremo Nº2750 de 1 de mayo de 2016, comunicación a la población en general que el día martes 1º de mayo de la presente gestión se constituye feriado nacional", indica el comunicado.
La determinación del comercio nacional es de cumplimiento obligatorio y por establece el parágrafo I del artículo 48 de la Constitución Política del Estado.
Por especulaciones en las redes sociales que hablan de un posible descanso de dos jornadas por el Día del Trabajo, el Gobierno aclaró que la sólo será feriado el martes 1 de mayo.
Estos rumores surgieron en base al Decreto 1210 de 2012, el cual dispone que si un feriado del Día del Trabajo cae en martes, el lunes también deba ser día de descanso laboral.
Entre tanto, en 2016 salió un nuevo Decreto, el 2750, el cual sostiene que el feriado se cumpla sólo por un día hábil y deroga las disposiciones anteriores que son contrarias.
Explicó la Directora General del Trabajo, Evelyn Viscarra, explicó que el feriado del Día del Trabajo sólo será el martes 1 de mayo, en cumplimiento del Decreto 2750. La funcionaria resaltó que con esta determinación no existe una extensión del fin de semana.