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Comunidades de tierras bajas de Santa Cruz, La Paz, Beni y Pando rechazan las actividades de la minería tanto legal como ilegal por los abusos y atropellos que provocan

Rechazan contundentemente la entrega de derechos a operadores mineros en áreas protegidas tanto nacionales como municipales, así como unidades de conservación del patrimonio natural

Resuelve considerando que no son necesarias más leyes, sino el cumplimiento de las que ya existen, desde la Constitución Política del Estado, (CPE), y leyes, así como tratados y convenios internacionales que amparan los derechos de los pueblos indígenas y poblaciones locales a un medio ambiente y biodiversidad sanos.

Representantes de más de doscientas comunidades de tierras bajas de Santa Cruz, La Paz, Beni y Pando, emitieron un contundente pronunciamiento en el que se declaran en estado de emergencia y rechazan las actividades de la minería tanto legal como ilegal por los abusos y atropellos que provocan.

Fueron ocho las resoluciones en ese sentido adoptadas por el pronunciamiento realizado en el marco del encuentro “Minería en Tierras Bajas” realizado los días 7 y 8 de junio en la capital cruceña por Productividad, Biosfera, Medio Ambiente (Probioma), Centro de Documentación e Información-Bolivia (CEDIB), la universidad NUR,  la Central Indígena Chiquitana Amanecer Roboré (CICHAR), la Central de Comunidades Indígenas de Chiquitos Turubó (CICH-T) y la Coordinadora Nacional de Defensa de Territorios Indígenas y Defensa de Áreas Protegidas de Bolivia (Contiocap). 

El pronunciamiento emitido por Territorios Comunitarios de Origen (TCO), consejos comunales, mujeres chiquitanas y centrales indígenas, entre otras, reivindica el derecho al acceso a la información por parte del Estado respecto a las áreas mineras, sus proyectos e impactos, al considerar que la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), entre otras, ha restringido a la sociedad civil el acceso a esas informaciones.

Rechazan contundentemente la entrega de derechos a operadores mineros en áreas protegidas tanto nacionales como municipales, así como unidades de conservación del patrimonio natural (UCPN), comprendiendo además sus respectivas zonas de amortiguamiento.

El rechazo también se extiende al denominado derecho preconstituido que consideran un privilegio otorgado al sector minero mediante la Ley de Minería y Metalurgia N° 535 y que permite a ese sector ingresar a operar en territorios indígenas y áreas protegidas.

De igual manera, se enfatiza en reivindicar el derecho a la consulta previa libre e informada, haciendo hincapié en el consentimiento de los pueblos afectados, en estricta sujeción a los convenios internacionales.

Ante los permanentes retrasos y desidia por parte de las autoridades a proporcionar a la prensa y a la ciudadanía información oportuna sobre la cuestión medioambiental, las comunidades de tierras bajas exigieron la aplicación del Acuerdo de Escazú, un convenio internacional suscrito y ratificado por nuestro país para informar respecto a lo concerniente a la naturaleza, las áreas de conservación y proteger a los defensores de los territorios.

Finalmente, a tiempo de ratificar el derecho de los pueblos a la defensa y soberanía, se resolvió también demandar al Estado aplicar políticas públicas orientadas a fortalecer actividades productivas sostenibles con el medio ambiente, considerando que en ello se encuentra el verdadero desarrollo.

 


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