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157 organizaciones políticas registradas en el Tribunal Supremo Electoral TSE tienen hasta este domingo 9 de abril, para renovar sus directivas en apego a la Ley 1096

Organizaciones Políticas de alcance nacional, departamental, regional y municipal cuyas directivas hubieren superado el periodo de su mandato convoquen y realicen obligatoriamente sus eventos internos (Asambleas, Congresos, etc.,)

publicado en 04 / Apr / 23

157 organizaciones políticas registradas en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tienen hasta este domingo 9 de abril, para renovar sus directivas en apego a la Ley 1096, recordó el vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe.

“Hemos ampliado (el plazo) 180 días, que fenece este 9 de abril. Las directivas de las organizaciones políticas tienen que adecuarse a su estatuto; hay directiva prorrogadas, si queremos dar una señal de democracia hacia afuera, nosotros (las organizaciones políticas) tenemos que cumplir primero, tendremos directivas vigentes, adecuadas a nuestro estatuto”, afirmó en la “Mesa Multipartidaria” instalada en Oruro.

El plazo lo determina la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0356/2022 del 11 de octubre de 2022, que amplió por 180 días el plazo inicial para que las organizaciones políticas realicen la elección de las nuevas directivas. El vocal recordó que en la conformación de la directiva deben prevalecer los principios de paridad y alternancia.

La parte resolutiva de la citada norma establece que la Sala Plena del TSE, en ejercicio de sus atribuciones, determina “ampliar, excepcionalmente, el plazo establecido en la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0128/2022 de 29 de marzo de 2022 por un tiempo de ciento ochenta días (180) días calendario, para que las Organizaciones Políticas de alcance nacional, departamental, regional y municipal cuyas directivas hubieren superado el periodo de su mandato convoquen y realicen obligatoriamente sus eventos internos (Asambleas, Congresos, etc.,) para la elección de su directiva, bajo la supervisión del Órgano Electoral Plurinacional”.

La decisión de ampliar el plazo fue asumida en aplicación del principio de favorabilidad, en su vertiente “in dubio pro actione”, y en resguardo del derecho a la democracia interna en las organizaciones políticas, ya que los partidos políticos MAS-IPSP, UCS, ADN, FPV, DEMÓCRATAS y PDC no lo hicieron entre marzo y septiembre de 2022.


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