Modalidades serán elegidas por el Director Distrital de Educación en atención a la situación de la pandemia y en coordinación con la Comunidad Educativa
Ministerio de Educación ha dispuesto que a partir de este lunes se inicie el período de inscripción de estudiantes en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio durante cinco días. La organización interna estará bajo responsabilidad del director del establecimiento. El inicio de clases fue ratificado para el 1 de febrero y culmina al cumplirse los 200 días hábiles de desarrollo curricular de la gestión.
La Resolución Ministerial 001/2021, se efectuará solamente para estudiantes nuevos de los diferentes años de escolaridad y del primer año de escolaridad de Educación Inicial en Familia Comunitaria, Primaria Comunitaria Vocacional y Secundaria Comunitaria Productiva.
Instructivo señala que las unidades educativas fiscales y de convenio realizarán las inscripciones a través de la Plataforma del Ministerio de Educación academico.sie.gob.bo. Los estudiantes nuevos deberán presentar los requisitos en formato digital PDF.
Indica que cada unidad educativa debe publicar el cronograma de inscripciones para el primer año de escolaridad y estudiantes nuevos, a través de los medios de comunicación oral, escritos, paneles, murales y otros, contemplando la capacidad física instalada de la unidad educativa por aula y paralelo de acuerdo a techo presupuestario.
Aclara que está prohibido cualquier tipo de reserva de plazas, cupos de matrícula o exámenes de ingreso antes del periodo de inscripciones, siendo responsable de su cumplimiento el director, bajo pena de sanciones correspondientes.
Ministerio ratificó las modalidades Presencial, Semipresencial y a Distancia y su aplicación depende del informe epidemiológico emitido por autoridad competente y las disposiciones del Ministerio de Salud y Deportes.
Modalidades serán elegidas por el Director Distrital de Educación en atención a la situación de la pandemia y en coordinación con la Comunidad Educativa.
Precisa que ante la inexistencia de casos positivos o cuando el riesgo de contagio sea mínimo, se podrá trabajar en la Modalidad Presencial de acuerdo a la infraestructura, mobiliario, número de estudiantes, infraestructura, mobiliario y reporte epidemiológico.
En relación al Protocolo de Bioseguridad, el Ministerio deja bajo responsabilidad de cada unidad educativa la elaboración de todas las medidas de bioseguridad que tomará en cuentas las disposiciones emitidas por el Gobierno Central y las Entidades Territoriales Autónomas.
Cuando la curva de contagios comience a ascender y se presenten mayores restricciones, la modalidad de atención educativa será Semipresencial, con el apoyo de material impreso y digital, uso de tecnologías de la información y medios masivos de comunicación, de acuerdo al contexto.
Cuando la curva de contagios sea alta, se trabajará con la modalidad de educación a Distancia con el acompañamiento de material impreso y digital, uso de tecnologías de la información y medios masivos de comunicación.