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Ministro de Justicia Iv谩n Lima afirm贸 que la nueva Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupci贸n habilita los juicios en rebeld铆a para casos de corrupci贸n y delitos de lesa humanidad

Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupci贸n ser谩 promulgada esta semana por el presidente Luis Arce para luego cumplir con el tr谩mite administrativo de publicar en la Gaceta Oficial y darle plena vigencia en el pa铆s

Ministro de Justicia Iván Lima afirmó este domingo que la nueva Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupción habilita los juicios en rebeldía para casos de corrupción y delitos de lesa humanidad, ajustando el procedimiento a los estándares otorgados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) y la jurisprudencia internacional.

Indicó que la actual Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz” ya preveía el juicio en rebeldía, pero está disposición fue sometida a control de constitucionalidad con argumentos en los cuales se decía que tenía que cumplir los estándares internacionales.

Lima dice que nueva ley habilita juicios en rebeldía para delitos de  corrupción y lesa humanidad | Los Tiempos

Anunció que la Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupción será promulgada esta semana por el presidente Luis Arce para luego cumplir con el trámite administrativo de publicar en la Gaceta Oficial y darle plena vigencia en el país.

Lima explicó que la Ley de Fortalecimiento modifica el artículo 91 del Código de Procedimiento Penal para cumplir el estándar que da la Corte-IDH con dos condiciones: la noticia fehaciente de la notificación al imputado.  “Es decir, este tema de hacer juicios a las espaldas del ciudadano que no se entere, no va más. Esto tiene que ser esencial, tienes que darle conocimiento fehaciente que existe un caso contra él”, declaró al programa Hagamos Democracia de la red Erbol.

El segundo elemento es, si la persona vuelve al país y aparece en algún momento, tiene el derecho de plantear el recurso de apelación contra la sentencia. Esas son las dos características que habilitan la posibilidad de juicio en rebeldía: noticia fehaciente de la notificación del inicio del proceso y apelación cuando vuelva a parecer la persona, precisó.

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A manera de ejemplo citó el caso del exministro de Defensa Carlos Sánchez Berzaín, quien si retornaría al país de Estados Unidos, tendría derecho a apelar y daría la posibilidad de continuar el juicio por los hechos de octubre negro de 2003.

Señaló que también se habilita los juicios en rebeldía para delitos de lesa humanidad y de esa manera se estaría juzgado a Gonzalo Sánchez de Lozada y todas las personas que han estado involucradas con los crímenes de lesa humidad del año 2003.

El ministro sostuvo hasta ahora se han juzgado solo a los militares de esa época y a ninguna de las autoridades que ejercieron el poder civil y que tuvieron control y autoría mediata de estos hechos.


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